PROTOCOLO DE ATENCION PARA LA TELEMEDICINA
En relación a la situación de emergencia sanitaria provocada por el avance del CORONAVIRUS (COVID-19), y como consecuencia del reconocimiento de PANDEMIA declarado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), y en cumplimiento al aislamiento obligatorio decretado por el Gobierno Nacional de la República Argentina (Dec. 297/2020) y tras la Resolución de la Superintendencia de salud 282/2020 publicada en el Boletín
Oficial de la República Argentina el día 2 de abril de 2020. OSPPRA autorizara la atención por TELEMEDICINA (Consultas/Terapias NO presenciales) bajo los siguientes términos:
- El afiliado/prestador deberá enviar al correo de [email protected] la orden médica solicitando la autorización para la atención de la especialidad en modalidad no presencial de TELEMEDICINA y adjuntar el consentimiento informado.
- Se enviara el cupón de pago correspondiente CO-SEGURO que el afiliado deberá abonar mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente del Banco Nación de la Obra Social, y enviar comprobante a [email protected], quien le enviara el recibo de pago y este informara el pago con Numero de recibo al área de autorizaciones.
- La autorización será registrada en una planilla donde se detallará: Fecha, Nº de Autorización, apellido, nombre, diagnostico, profesional, especialidad, teléfono y /o e-mail del afiliado. Donde seguirá el número de registro interno a incorporar en la autorización para que esta sea facturada por el prestador.
- Solo para el caso de las terapias de Salud Mental (Psicología/Psiquiatría), por cada sesión que se lleve a cabo, el afiliado previamente deberá notificar por cualquier medio (e-mail o teléfono): FECHA, HORA, NUMERO DE SESION (la sesión 1 queda oficial con la autorización primera) y PROFESIONAL, para notificar fehacientemente que la misma se llevara a cabo y se le dará el Número de registro con el cual el prestador deberá facturar la misma.
Se adjunta a este documento el modelo de consentimiento informado.